Si estás pensando en separarte o divorciarte, aunque ambas partes estéis de acuerdo, es fundamental preparar un Convenio Regulador puesto que este documento de obligado cumplimiento será el que determine la manera de actuar en cuanto a la custodia de los hijos (en caso de que los hubiere), regímenes de visitas, pensiones de alimentos o compensatorias, atribución de la vivienda familiar y otros aspectos de carácter patrimonial.
Por eso, desde Divorcio Sin Problemas, queremos poner a tu disposición toda la información necesaria que debes conocer sobre el Convenio Regulador: qué es y qué medidas contempla, cuándo es obligatorio, cómo se aprueba, qué pasa si una de las partes lo incumple, etc.

¿En qué consiste el Convenio Regulador?
Como comentábamos al inicio de este post, el Convenio Regulador es un documento en el que se recoge la voluntad y los pactos a los que han llegado ambos cónyuges en materia de cómo se regirán determinados aspectos personales, familiares y patrimoniales una vez la pareja se haya separado o divorciado.
Es decir, es el documento mediante el cual se regulan los efectos derivados de la separación o divorcio. Es importante mencionar que, aunque no sea obligatorio, se recomienda redactarlo con la asistencia de un abogado matrimonialista para que el acuerdo cuente con todas las garantías y cumpla con todas las expectativas de ambas partes.
¿Es obligatorio? ¿Cómo se aprueba?
Sí, el Convenio Regulador es obligatorio puesto que no puede dejarse al azar la forma de actuar de los cónyuges tras la separación o divorcio ya que de lo contrario podría conllevar consecuencias negativas para una de las partes o perjudicar los intereses y derechos de los hijos menores en caso de que la pareja los tuviese.
Cuando la separación divorcio es de mutuo acuerdo y ambos cónyuges quieren solicitarlo o lo solicita una de las partes con el consentimiento de la otra, se entiende que serán capaces de llegar a un acuerdo que se reflejará en este documento y, por tanto, solo deberán presentarlo junto a la demanda y que sean autorizados por el Notario en presencia del abogado.

En cualquier caso, siempre deberá aprobarse ante notario o, en su defecto, ante el juez para que exista un control y se vele, como comentábamos al inicio, tanto por respetar la voluntad e integridad de cada uno de los cónyuges como por los derechos y el bienestar de los hijos menores. Del mismo modo, aunque el Convenio se haya realizado de mutuo acuerdo puede ser denegado en caso de que las autoridades competentes consideren que pueda ser perjudicial o dañino para una de las partes o para los hijos.
¿Qué pasa si una de las partes incumple las medidas recogidas en el Convenio Regulador? ¿Una vez aprobado pueden hacerse modificaciones?
Como ya hemos mencionado el Convenio Regulador es de obligado cumplimiento por lo que en caso de que una de las partes no cumpla con lo dispuesto en este documento se podrán emprender acciones legales. Lo habitual es iniciar un proceso de ejecución con el objetivo de forzar su cumplimiento.
En cuanto a la posibilidad de modificar las medidas o reglas recogidas en el Convenio Regulador cabe mencionar que será posible realizar modificaciones tantas veces como sean necesarias a fin de que se adecúen en todo momento a las nuevas necesidades que puedan tener los hijos y a las circunstancias de los cónyuges.
En Divorcio Sin Problemas, contamos con Javier Córdoba, un abogado matrimonialista especializado tanto en divorcios y separaciones como en la elaboración de los documentos necesarios para que la separación o divorcio llegue a buen puerto garantizando a cada parte los mejores acuerdos.