Cuando una pareja quiere divorciarse, pero una de las partes reside en el extranjero o no posee la nacionalidad española surge la duda de qué trámites tiene que seguir o si puede iniciar un procedimiento de divorcio al uso. Aquí es importante destacar que no es lo mismo que uno de los miembros resida en el extranjero o no posea nacionalidad española a que sean españoles, pero quieran divorciarse fuera de España.
Por eso desde Divorcio Sin Problemas queremos compartir contigo este post en el que te explicamos qué diferencias existe entre el divorcio para extranjeros y el exequatur de divorcio y la forma de proceder en cada caso para que puedas escoger la opción que más se ajuste a tus necesidades y circunstancias personales.

Divorcio para extranjeros
Cuando uno o ambos cónyuges residen en el extranjero o no poseen la nacionalidad española habrán de recurrir a un divorcio para extranjeros ya que los tribunales españoles sí que tienen competencia para tramitarlo, pero deben darse una serie de requisitos y circunstancias distintas a las de un divorcio entre residentes en España con nacionalidad española.
Por lo que podría decirse que el divorcio para extranjeros es un divorcio normal y corriente a excepción de que deben darse alguna de estas condiciones:
- En caso de que ambas partes residan fuera del territorio español y tengan su domicilio allí ambos han de estar en posesión de la nacionalidad española.
- Si el domicilio familiar está en España al menos una de las partes tiene que seguir viviendo allí.
- En caso de que la parte demandante sea la que reside en el extranjero debe tener nacionalidad española y haber vivido en España durante al menos los seis meses previos a la presentación de la solicitud.
- Si el demandante se encuentra en el extranjero, pero posee su domicilio en España o la otra parte reside en España en ese caso el solicitante deberá haber vivido en territorio español como mínimo el año anterior a la demanda.
Exequatur de divorcio

Ese trámite, a diferencia del divorcio para extranjeros, no sirve para para poner fin al vínculo matrimonial sino para homologar una sentencia de divorcio entre españoles que haya sido dictada en un país extranjero.
Es decir, si una pareja española se ha divorciado en el extranjero y quieren que la separación se haga efectiva en España a efectos legales y jurídicos y que figure como tal en el registro civil habrán de solicitar un exequatur de divorcio.
En este caso será necesario presentar una copia de la resolución de la demanda junto a un certificado que pruebe que la sentencia es firme, el certificado de matrimonio, una traducción jurada, y el Convenio Regulador en caso de que sea de mutuo acuerdo. Cabe destacar que el proceso puede ser más largo dependiendo de la burocracia de cada país.
Si quieres saber más sobre el divorcio para extranjeros o el exequatur de divorcio o necesitas de un profesional que te asesore no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.